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Absolvieron a cinco polic?as
"Se consolida la impunidad"

La C?mara de Apelaciones en lo Penal de la ciudad de Rosario, en Sala integrada por los Dres. R?os, Lurati y Mestre, absolvi? a los polic?as que en primera instancia hab?an sido condenados, por falsificaci?n de instrumento p?blico y encubrimiento en el asesinato del militante Claudio Pocho Lepratti, el 19 de diciembre de 2001. enREDando reproduce el comunicado enviado por la Comisi?n Investigadora No Gubernamental.

El d?a 26 de abril de 2011, la C?mara de Apelaciones en lo Penal de la ciudad de Rosario, en Sala integrada por los Dres. RIOS, LURATI y MESTRE, absolvi?, a los polic?as que en primera instancia hab?as sido condenados, por falsificaci?n de instrumento p?blico y encubrimiento. Ellos son Marcelo Fabi?n Arr?a y Rub?n Dar?o P?rez -chofer y acompa?ante respectivamente del m?vil en donde iba Vel?zquez-; el ex jefe de la subcomisar?a 20? Roberto de la Torre; el ex jefe del Comando Radioel?ctrico Daniel Horacio Braza; y el ex oficial de guardia de la sub 20?, Carlos Alberto de Souza.

El 19 de diciembre de 2001, el Agente de la polic?a de Santa Fe Esteban Ernesto Vel?zquez, asesin? a Claudio Pocho Lepratti, quien se encontraba en los techos de la escuela, contigua a la circunvalaci?n observando los conflictos que se daban en barrio Las Flores.-

Qued? acreditado en el expediente, donde se investig? el homicidio, que Lepratti insult? al personal policial y les exigi? que dejaran de disparar porque hab?a chicos comiendo en la escuela, que el m?vil par?, Perez y Velazquez bajaron, el primero dispar? al aire y el segundo dispar? contra Lepratti, lo hiri?, arrancaron y se fueron.- Lepratti herido fue trasladado por sus compa?eros de trabajo.- Inclusive una de ellas, Graciela Capelano pas? por la comisar?a y se negaron a tomarle la denuncia.-

La versi?n policial consignada en el acta de procedimiento, relata que el m?vil estaba circulando por calle Espa?a y antes del puente de circunvalaci?n doblan en una calle paralela a esta ?ltima y textualmente dicen: ??cuando la dotaci?n (Sgto Rub?n Perez, Cab 1? Arrua y Agte Esteban Ernesto Velazquez) iba circulando por esta calle a la altura de los fondos de una escuela ubicada en el lugar, en un momento dado el m?vil oficial es agredido por un grupo de masculinos los cuales se encontraban sobre el techo de dicho establecimiento que en un primer momento comenzaron a insultar al personal policial; para luego arrojarles piedras y elementos contundentes al m?vil siendo este veh?culo da?ado en la puerta trasera izquierda y la rotura del vidrio de la mismo, los agresores era un total de cuatro, en esas circunstancias el chofer para evitar que las piedras impactaran sobre el m?vil retrocede el veh?culo hacia atr?s y en esas circunstancias sienten dos detonaciones de armas de fuero de calibre chico, deteniendo la marcha descendiendo el personal del auto?.?

Tambi?n se consigna una supuesta denuncia realizada por una de las personas que estaba con Lepratti, y que trabajaba en la escuela donde el comisario narra ??que en un tumulto originado en la v?a p?blica y en las inmediaciones de dicho establecimiento educativo entre polic?as y manifestantes fue herido su compa?ero Claudio Leprati?.

Por otra parte, se le inicia a Lepratti actuaciones por agresi?n a la autoridad y da?o?-

Por su parte la inspecci?n ocular, sostiene que en el techo donde estaba Lepratti hab?a gran cantidad de piedras, lo cual no se corrobora con las vistas fotogr?ficas; y que una testigo entreg? un cartucho verde, cuando la misma al testificar sostiene que era naranja. Asimismo la inspecci?n ocular carece de fecha y hora de confecci?n y no se consigna quienes intervienen.- Esta comprobado que donde muri? Lepratti, no era zona de conflicto. Esto corroborado por un informe efectuado por la Direcci?n Provincial de Asuntos Internos dependiente, en ese momento, de la Subsecretaria de Seguridad de Ministerio de Gobierno. Informe elevado a la C?mara de Diputados. Textualmente dice ??que el hecho ocurre fuera de la zona de saqueos en los fondos de una escuela??

2.- Los disparos del m?vil seg?n pericia de gendarmer?a y de la polic?a, fueron perpendiculares al m?vil, o sea no se efectuaron desde el techo, El informe de Gendarmer?a destaca que el disparo es con un arma de grueso calibre, contradiciendo los dichos de los polic?as.

3.- Capelano, neg? haber efectuado la denuncia en los t?rminos que la consign? el Comisario De la Torre, desde el primer momento manifest? que sin perjuicio de tomarle los datos se negaron aceptarle la denuncia. En la inspecci?n ocular se sostiene que donde estaba Lepratti hab?a gran cantidad de piedras, y ello no es cierto, la foto tomada por la misma polic?a demuestra que no exist?an piedras en el techo de zinc donde lo baleo Velazquez.-

Adem?s la inspecci?n ocular sostiene que una testigo entreg? un cartucho verde y la testigo en sede judicial dijo que era anaranjado.-
Sin lugar a dudas toda esta actividad desplegada por la polic?a ten?a por finalidad exculpar a Velazquez.-

Hoy la C?mara, los favorece con el beneficio de la duda, sosteniendo que la defensa a puesto en tela de juicio los testimonios y la dem?s pruebas colectadas y crea en ellos la duda suficiente, y adem?s sostienen textualmente: ?Por otra parte el delito se configura cuando se insertan declaraciones falsas concernientes a un hecho que el documento debe probar; es decir la atinente a la fecha, el lugar, las manifestaciones recibidas. En cuanto a la veracidad la misma es exigible en tanto no signifique ser obligado a declarar contra si mismo o auto incriminarse (art. 18 CN) y en el caso de autos, donde existen imputados que fueron interrogados, indagados, mantenidos en prisi?n preventiva por m?s de 6 meses y perseguido por el delito de homicidio de Lepratti defendiendo luego su inocencia. Tambi?n juega a su favor la garant?a del non bis ib?dem.-

Por ?ltimo y con relaci?n a los disparos del m?vil, pone en tela de juicio, sin argumentos, el dictamen de gendarmer?a sosteniendo que no est? acreditado que los disparos sean de grueso calibre, y por ?ltimo sostienen que no puede decirse que fue baleado a prop?sito, porque adem?s nadie dice de donde provinieron los disparos.-

Nada dice de la probada y reconocida reuni?n que todos los involucrados tuvieron en el despacho del comisario antes de redactarse el acta.- En definitiva, seg?n afirma la c?mara, el acta de procedimiento inicial que es lo que determina el camino de la investigaci?n judicial, que es un instrumento p?blico, puede estar llena de mentiras, porque quien la redacta s?lo escribe lo que ?alguien? manifiesta que sucedi?, y ese alguien puede mentir para no auto incriminarse.-

Si se hubiera actuado con correcci?n, Arrua y Perez, deber?an haber consignado, que P?rez y Velazquez descendieron del m?vil, que el primero hizo un disparo al aire, el segundo a la persona que hab?a sobre el techo y que la hab?a herido.- Arr?a y P?rez, con sus mentiras no se defendieron, encubrieron el homicidio de Vel?zquez, y sus jefes, participaron en esta gran farsa.-

Reclamamos al Procurador Fiscal y al Fiscal de C?mara interviniente el planteo del Recurso de Inconstitucionalidad en cuanto la sentencia resulta arbitraria.

Requerimos nuevamente la intervenci?n de la Legislatura, para confirmar las irregularidades detectadas por la CING en las distintas causas iniciadas por los cr?menes de diciembre de 2001, que en definitiva llevaron a la impunidad y falta de esclarecimiento de los hechos ocurridos en esos terribles d?as, a fin de determinar si las mismas ameritan la iniciaci?n del juris de enjuiciamiento, contra alguno de los magistrados intervinientes.

Por ?ltimo se?alamos que el Gobernador Binner, quien hizo campa?a prometiendo justicia en estos casos, que la falta de compromiso que
demostr? con la cuesti?n favorece a quien fuera el gobernador de la Provincia Carlos Reutemann, los funcionarios pol?ticos a cargo de la seguridad como Enrique ?lvarez y otros funcionarios civiles y policiales que fueron responsables de las muertes de Juan Delgado, Yanina Garcia, Rub?n Pereyra, Ricardo Villalba, Walter Campos, Graciela Acosta y Claudio Lepratti, puedan seguir ejerciendo la funci?n p?blica en distintos ?mbitos y caminar por la calle como si nada hubiera sucedido.


CARMEN MAIDAGAN, LILIAN ECHEGOY, FEDERICO GARAT,
GUSTAVO MARTINEZ, CELESTE LEPRATTI
INTEGRANTES DE LA COMISION INVESTIGADORA NO GUBERNAMENTAL DEL LOS
HECHOS DE DICIEMBRE DE 2001 Y
FAMILIARES DE LAS VICTIMAS


San Lorenzo 1879 - (2000) Rosario, Pcia de Sta Fe.
Telefax: 54 341- 425 7614/ 424 3980
p?gina Web: www.aterosario.org.ar





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Publicado el: 28/04/2011


Categor?as:
Derechos Humanos / Noticia

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